Si
usted desea disponer de una copia de la escritura de su vivienda
y de su préstamo, puede solicitarla directamente del notario
ante el que firmó.
En cualquier caso una gestoría se ocupará de
realizar todos los trámites hasta la inscripción de
ambas escrituras en el Registro de la Propiedad.
Como
ya hemos indicado, las escrituras compraventa de un inmueble y su
financiación con un préstamo hipotecario tienen una
serie de gastos ajenos a la entidad financiera, como es el
caso del notario, gestoría, impuestos, etc. Pues bien, el
día de la firma de esas escrituras, usted deberá realizar
una provisión de fondos a favor de la gestoría
que se encargará de esos trámites administrativos.
Esa provisión servirá para hacer frente precisamente
a estos gastos.
Si
una vez abonados existe algún importe sobrante -suele ser
habitual- la gestoría le ingresará en su cuenta el
importe de la liquidación que realice , y si por el contrario
no hubiera sido suficiente el importe provisto, se le pasaría
una liquidación adicional.
Además
cuando el Registro de la Propiedad devuelva ambas escrituras ya
inscritas, la gestoría le hará llegar a usted la primera
copia de la compra de su vivienda y una copia de su préstamo,
así como las facturas de todos los importes que haya
abonado por cuenta de usted.
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